Artículo 28. Ley Foral 9/1994, de 21 de Junio, de Régimen Fiscal de Cooperativas de Navarra.

Normativa
Ley 9/1994 de 21 de Junio, de régimen fiscal de las cooperativas navarras

Artículo 28. Beneficios fiscales aplicables a las Cooperativas especialmente protegidas.




    Las Cooperativas especialmente protegidas disfrutarán, además de los beneficios reconocidos en el artículo anterior, de los siguientes:

    1. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
    Exención para las operaciones de adquisición de bienes y derechos destinados directamente al cumplimiento de sus fines sociales y estatutarios.
    2. Impuesto sobre Sociedades.
    Bonificación del 50 por 100 de la cuota integra a que se refiere el artículo 20 de esta Ley Foral.
    

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