Artículo 30. De la Asamblea general: Concepto.
La Asamblea general, como órgano supremo de expresión de la voluntad social, es la reunión de los socios, constituida al objeto de deliberar sobre la política general de la cooperativa y adoptar acuerdos sobre aquellos asuntos que, en virtud de la presente Ley y de los que vengan fijados en los estatutos, sean de su competencia, vinculando sus decisiones adoptadas válidamente a todos los miembros de la cooperativa.Equivalencia Normativa
Art. 20 Ley 27/1999 LGC. De la Asamblea General. Concepto.Siguiente: Artículo 31. Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia
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