Artículo 6. Socias y socios.
1. La microempresa cooperativa estará constituida por un mínimo de dos y un máximo de diez socias y socios ordinarios. 2. También podrá contar con personas socias colaboradoras en los términos del artículo 25 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre. 3. Los requisitos para adquirir la condición de persona socia serán los previstos en la Ley 11/2010, de 4 de noviembre.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.