Artículo 76. Cooperativas de enseñanza de trabajo asociado.
Son aquéllas que asocian a profesores y personal no docente y de servicios al objeto de desarrollar actividades docentes en sus distintos niveles, etapas y modalidades, pudiendo realizar también actividades extraescolares, conexas y complementarias a las mismas.Equivalencia Normativa
- Equivalencia Ley anterior artículo 76 LEY 9/1998.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.