Artículo 83. Responsabilidad.
La responsabilidad de las personas socias por las deudas sociales estará limitada a las aportaciones al capital social suscritas, sean desembolsadas o no, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 35.3 de esta ley.Legislación
Art. 97 Ley 5/2023. Fondo de reserva para reembolso de aportaciones.Equivalencia Normativa
Art. 68 Ley 1/2003. Responsabilidad.Siguiente: Artículo 84 Ley 5/2023, de 8 de marzo, de sociedades cooperativas de las Islas Baleares
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.