1ª. Patrimonio neto.
1. Concepto. El patrimonio neto de una sociedad cooperativa constituye la parte residual de los activos, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas por sus socios o partícipes que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten. 2. Partidas que integran los fondos propios. Dentro de los fondos propios se pueden distinguir: 1. El capital social, en los términos previstos en la Norma Segunda. 2. Las reservas procedentes de beneficios generados en ejercicios anteriores o aportadas por los propios socios; entre otras, las reservas voluntarias, el Fondo de Reserva Obligatorio no reintegrable o las reservas especiales como la Reserva derivada de revalorizaciones legales del activo. 3. Otras partidas, como son: a) Con signo positivo: El resultado positivo de la cooperativa, las aportaciones de socios para compensación de pérdidas, el remanente, otros instrumentos de patrimonio neto emitidos por la sociedad cooperativa y los fondos subordinados a que se refiere la Norma Quinta. b) Con signo negativo: El resultado negativo de la cooperativa, el «retorno discrecional a cuenta», la remuneración discrecional a cuenta, los resultados negativos de ejercicios anteriores y, en su caso, las participaciones propias adquiridas.Legislación
- Orden EHA/3360/2010, sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.Siguiente: Contabilidad adaptada a las Cooperativas. Grupo 4
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