Disposición Adicional 1ª. Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla La Mancha

Normativa
Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de cooperativas de Castilla La Mancha

Disposición adicional primera. Cómputo de plazos.




    Los plazos señalados en la presente ley se computarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    NOTA: Redacción modificada por la Ley 4/2017, de 11 de diciembre.

Siguiente: Disposición Adicional 2ª.Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla La Mancha

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos