Disposición adicional cuarta. Consejo Superior del Cooperativismo.
1. Se crea el Consejo Superior del Cooperativismo de la Región de Murcia que adoptará la forma jurídica de fundación privada y se regirá por lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. 2. Los Estatutos de la Fundación establecerán la composición y funciones de la misma; estando integrada por la Administración regional y las organizaciones representativas del cooperativismo de la Región de Murcia. NOTA: Redacción dada por Ley 7/2008, de 26 de diciembre, de Medidas Trubutarias y Administrativas en materia de Tributos Cedidos, Tributos Propios y Tasas Regionales para el año 2009.Siguiente: Disposición Adicional 5ª. Ley 8/2006,de 16 de noviembre, de Cooperativas de Murcia
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