Disposición Adicional 4ª. Ley 8/2006,de 16 de noviembre, de Cooperativas de Murcia

Normativa
Ley 8/2006, de 16 de noviembre, Ley de cooperativas de Murcia

Disposición adicional cuarta. Consejo Superior del Cooperativismo.


                       
     1. Se crea el Consejo Superior del Cooperativismo de la Región de Murcia que adoptará la forma jurídica de fundación privada y se regirá por lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

    2. Los Estatutos de la Fundación establecerán la composición y funciones de la misma; estando integrada por la Administración regional y las organizaciones representativas del cooperativismo de la Región de Murcia.

NOTA: Redacción dada por Ley 7/2008, de 26 de diciembre, de Medidas Trubutarias y Administrativas en materia de Tributos Cedidos, Tributos Propios y Tasas Regionales para el año 2009.


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