Disposición Adicional Quinta. Ley 20/1990, de Régimen Fiscal de Cooperativas

Normativa
Ley 20/1990, de 19 de diciembre, régimen fiscal de cooperativas

Disposición Adicional Quinta.




No se considerarán incrementos patrimoniales los obtenidos como consecuencia de la atribución patrimonial de bienes y derechos de las Cámaras Agrarias que hayan tenido lugar a partir del 1 de enero de 1994.

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