Disposición Final 1ª. Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de la Rioja

Normativa
Ley 4/2001, de 2 de julio, de cooperativas de La Rioja

Disposición final primera. Entrada en vigor.




    La presente Ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja.

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