Disposición final tercera. Legalización de libros y depósito de cuentas.
El Gobierno, a propuesta de los Ministros de Justicia y de Trabajo y Asuntos Sociales, dictará las normas necesarias para que las cooperativas tengan que legalizar los libros y depositar sus cuentas anuales en un solo Registro.Siguiente: Disposición Final 4ª. Ley 27/1999, de 16 de Julio, General de Cooperativas
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