Disposición adicional séptima. Incorporación de medios y procedimientos informáticos y telemáticos.
La Junta de Extremadura deberá fomentar la incorporación de los medios y procedimientos informáticos y telemáticos al Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, adoptando las medidas necesarias para la integración de los avances tecnológicos en su gestión y en las relaciones con las sociedades cooperativas.Siguiente: Disposición adicional octava Ley 9/2018 de cooperativas de Extremadura
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