Disposición transitoria cuarta. Registro de Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En tanto no entre en vigor el Reglamento del Registro de Cooperativas de Cantabria, resultarán de aplicación las disposiciones vigentes hasta la fecha en esta materia.Siguiente: Disposición derogatoria única Ley 6/2013 de cooperativas de Cantabria
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.