Disposiciones Finales.
Disposición Final Primera.
Se autoriza al gobierno de Navarra a dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de esta Ley Foral.Disposición Final Segunda.
Esta Ley Foral entrará en vigor el dia 1 de enero de 1995, siendo aplicable, en lo que al Impuesto sobre Sociedades se refiere, a los períodos impositivos iniciados a partir de la mencionada fecha.Siguiente: Preámbulo. Ley 8/2003, de 24 de Marzo, de Cooperativas Valencianas
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