Registro contable: Socios deudores: créditos por operaciones efectuadas con socios. Cuenta 447.

Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas

447Socios deudores: créditos por operaciones efectuadas con socios

Pyme y Normal    La valoración de las adquisiciones de bienes a los socios para la gestión cooperativa se realizará, en el momento en que se lleve a cabo la operación, por el precio de adquisición, es decir, por el importe pagado o pendiente de pago correspondiente a la transacción efectuada, sin perjuicio de lo indicado posteriormente.

    En el caso de que se hubiera pagado o comprometido a pagar un importe superior al que finalmente se liquidará, se pondrá de manifiesto un crédito a favor de la cooperativa frente al socio, o un menor importe de la deuda inicialmente registrada.

    Para su registro contable se empleará la cuenta:

    447. «Socios deudores: créditos por operaciones efectuadas con socios».

    Importe a devolver por los socios como consecuencia de haber percibido inicialmente una cantidad superior a la prevista.

    Su movimiento es el siguiente:

    a) Se cargará por el importe del desembolso efectuado por la compra que exceda al precio final con abono, generalmente, a la cuenta 605.

    b) Se abonará, con carácter general, en el momento de la percepción de la devolución, con cargo a cuentas del subgrupo 57.



Asientos Contables



- Asientos créditos operaciones con socios

Legislación



- Art. 57 Ley 27/1999. Ejercicio económico y determinación de resultados.
- Norma 8ª Orden EHA/3360/2010. Adquisiciones de bienes a los socios.

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