Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas
617Variación de existencias adquiridas a socios
Pyme y Normal La valoración de las adquisiciones de bienes a los socios para la gestión cooperativa se realizará, en el momento en que se lleve a cabo la operación, por el precio de adquisición, es decir, por el importe pagado o pendiente de pago correspondiente a la transacción efectuada. Si hacemos referencia a la variación de existencias, su cuenta de registro contable será:
617. «Variación de existencias adquiridas a socios».
Se cargará por el importe de las existencias iniciales adquiridas a socios y
se abonará por el de las existencias finales, con abono y cargo, respectivamente, a las cuentas
307 y
317. El saldo que resulte en esta cuenta se cargará o abonará, según los casos, a la cuenta
129.
Asientos Contables
-
Asiento variación de existencias.
Legislación
-
Art. 57 Ley 27/1999. Ejercicio económico y determinación de resultados.-
Norma 8ª Orden EHA/3360/2010. Adquisiciones de bienes a los socios.
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