Consulta IAE. Alquiler de local industrial y de bienes muebles.
Consulta número 736 Fecha: 10 de diciembre de 1993
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Art. 86.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN: Reglas 1ª.a); 2ª.8 y 15ª.1. TARIFAS: Grupos 853 y 859; Epígrafe 861.2 y sus notas respectivas, todos ellos de la Sección 1ª.
TEMA
Alquiler de local industrial y de bienes muebles.
CUESTIÓN PLANTEADA
El consultante desea saber si por prestar servicios de alquiler de una nave industrial conjuntamente con su mobiliario, maquinaria e instalaciones, se está obligado a tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas por el arrendamiento de bienes muebles o por el contrario éste se considera incluido en el local.
CONTESTACIÓN
En el apartado 1 de la Regla 4ª de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas ambas, Instrucción y Tarifas, por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, se establece que "con carácter general, el pago de la cuota correspondiente a una actividad faculta, exclusivamente, para el ejercicio de esa actividad, salvo que en la Ley reguladora de este impuesto, en las Tarifas o en la presente Instrucción se disponga otra cosa".Y, de conformidad con lo dispuesto en la letra a) de la Regla 1ª de la referida Instrucción, en el Epígrafe 861.2 de la Sección 1ª de las Tarifas se clasifica la actividad de alquiler de locales industriales y otros alquileres n.c.o.p., en el cual y según la nota 1ª al mismo, se incluyen arrendamientos de terrenos, locales industriales, de negocios y demás bienes inmuebles no destinados a vivienda. Mientras que en el Epígrafe 856.1 de la misma Sección 1ª clasifica el alquiler de bienes de consumo (incluyendo el mobiliario en general, pero no la maquinaria y equipo de oficina, que se clasifican en el Grupo 853 de dicha Sección), y en el Grupo859 (de la Sección 1ª se clasifican los servicios de alquiler(sin personal permanente) de otros bienes muebles n.c.o.p., bienes no especificados en las rúbricas anteriores de la Agrupación "Alquiler de bienes muebles" (85) y entre los que se incluyen maquinaria y equipos para industria de transformación, según se determina en la nota al propio Grupo859.Es por tanto que, de acuerdo con lo expuesto, solamente las instalaciones permanentes afectas a un local, tales como las de saneamiento, calefacción, electricidad u otras inherentes al propio inmueble (en si mismo considerado)pueden ser tenidas como integrantes del local (de utilización industrial u otra) en lo que se refiere a la actividad del servicio de alquiler del mismo y de la correspondiente tributación por el Impuesto sobre Actividades Económicas. En cambio, la maquinaria, equipos u otros bienes relativos a una industria, el mobiliario u otros bienes muebles, todos ellos objeto de los servicios de alquiler, aun cuando estén situados en ese local no por ello pierden su condición de bienes muebles, por lo que la prestación de servicios de su alquiler obliga indefectiblemente al sujeto pasivo(arrendador) a tributar por el impuesto por cuantos servicios de dicha naturaleza preste, conforme a su clasificación en las Tarifas.En definitiva, la persona o entidad que preste servicios de alquiler de maquinaria o equipos industriales, mobiliario y otros bienes muebles situados en un local industrial, asícomo de alquiler de este local, está obligado, de conformidad con lo dispuesto en la Regla 2ª de la Instrucción, a contribuir por el impuesto y a presentar declaración de alta:a) En las rúbricas clasificatorias, de la Sección 1ª de las Tarifas, relativas a los bienes muebles de que se trate, esto es, el Grupo 859 en el caso de maquinaria o equipos industriales, el Epígrafe 861.2 en el caso de mobiliario (de oficina u otro), el Grupo 853 en el supuesto de maquinaria y equipo de oficina, etc.b) En el Epígrafe 861.2 de la referida Sección 1ª, por los servicios de alquiler del local industrial en el caso de que por la actividad clasificada en dicho epígrafe (861.2) no le corresponda tributar por cuota cero conforme a lo establecido en la nota 2ª al mismo y la Regla 15ª.1 de la Instrucción.
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.
Comparte sólo esta página:
Síguenos
Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento.
Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias.
Puede ampliar información y modificar sus preferencias acerca de esta privacidad aquí.
Usamos el menor número posible de cookies para que el sitio web funcione, pero estimamos conveniente utilizar otras. Haciendo click en "Aceptar todas las cookies" aceptas que guardemos otras cookies no estrictamente necesarias con el objetivo de mejorar tu navegación en el sitio. Así podríamos analizar el uso del sitio, de manera colectiva, para mostrarte los contenidos más actuales y relevantes. También es posible, que la publicidad que visualices sea lo más personalizada posible. Puedes hacer click en "Configuración de cookies" para obtener más información y elegir qué cookies quieres que guardemos. Para más información puedes ver nuestra política de privacidad.
Son cookies necesarias para el correcto funcionamiento de nuestro sitio web. Se usan para que tengas una mejor experiencia usando nuestros servicios. Puedes desactivar estas cookies cambiando la configuración de tu navegador. Información de las cookies
NombreCONS
Huéspedsupercontable.com
TipoPropia
Duración3 meses
InformaciónAcerca del consentimiento de las cookies.
Estas cookies nos permiten contar las visitas a los contenidos de nuestro sitio y cuando se realizaron. Esta información se trata en conjunto para toda la página, nunca a nivel individual. Nos permite saber qué contenidos son más atractivos para el público y elaborar contenidos nuevos lo más interesantes posible. Información de las cookies
Son cookies colocadas por nuestros socios publicitarios. Intentan mostrarte publicidad acorde a tus intereses. Si desactiva estas cookies no tendrá menos publicidad, sino que será menos personalizada. Información de las cookies