Consulta IAE. Comercio al por mayor de abrasivos.

Consulta número 418 Fecha: 24 de noviembre de 1992   
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:


TARIFAS:
Epígrafe 615.3 de la Sección 1ª.


TEMA

Comercio al por mayor de abrasivos.


CUESTIÓN PLANTEADA


    El consultante, que figura matriculado en el Epígrafe  615.3 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto por la actividad de comercio al por mayor de abrasivos, desea saber si la referida rúbrica faculta para la venta al por menor de repuestos de maquinaria pulidora y cortadora de mármol y granito.


CONTESTACIÓN


    La actividad de comercio al por mayor de abrasivos se encuentra clasificada en el Epígrafe 615.3 ("Comercio al por mayor de aparatos electrodomésticos y ferretería") de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo  1175/1990, de 28 de septiembre, estando incluidas en dicha rúbrica las ventas al por mayor de repuestos para maquinaria pulidora y cortadora de mármol y granito.


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