Consulta IAE. Entidades Públicas de Radio y Televisión.

Consulta número 9 Fecha: 17 de enero de 1991  
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Arts. 9,79.1 y 83.1; Disp. Ad. 9ª y Disp. Trans.  3ª, apartado 2.
R.D. LEG.  1175/1990:


INSTRUCCIÓN:
Regla 2ª.

TARIFAS:
Epígrafes 964.1 y 964.2, ambos de la Sección 1ª.


TEMA

Entidades Públicas de Radio y Televisión.


CUESTIÓN PLANTEADA


    El consultante desea conocer la tributación que corresponde en el Impuesto sobre Actividades Económicas a una Entidad pública dedicada a la producción y difusión de sonido mediante emisora y a la producción y transmisión de imágenes y sonidos por ondas. Asimismo interesa saber si a dicha Entidad le es de aplicación algún beneficio tributario por el mencionado impuesto.


CONTESTACIÓN


    Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 8 que se da por reproducida.



///1448$964.1$        
///1449$964.2$

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