Consulta IAE. Servicios de restauración social para colectividades.

Consulta número 870 Fecha: 23 de marzo de 1994  
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:
Reglas 5ª. y 14ª.1.F).

TARIFAS:



TEMA

Servicios de restauración social para colectividades.


CUESTIÓN PLANTEADA


    El consultante desea saber la tributación que corresponde a los denominados "Servicios de restauración social", o de elaboración de comidas para colectividades, así como la consideración que debe tener la superficie de esas colectividades (hospitales, colegios, fábricas, etc.), en las que se prepara y sirve la comida.


CONTESTACIÓN


    Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 147, que se da por reproducida.


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