Consulta IAE. Tributación del subarriendo de plazas de garaje.
Consulta número 761 Fecha: 18 de enero de 1994
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Art. 86.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN: Reglas 2ª; 5ª.2.13), último párrafo; 15ª.1. TARIFAS: Epígrafe 861.2 y su Nota 2ª adjunta de la Sección1ª.
TEMA
Tributación del subarriendo de plazas de garaje.
CUESTIÓN PLANTEADA
La consultante es arrendataria de varias plazas de garaje de titularidad estatal, que distribuye y adjudica entre sus propios socios, pero puede también subarrendarlas a terceras personas distintas de dichos socios. Plantea la cuestión de si por dicha actividad se encuentra sujeta al Impuesto y, caso de ser así, solicita se le comunique las actividades y epígrafes por las que debe tributar.
CONTESTACIÓN
En relación a la Cuestión planteada por la consultante, cabe formular la siguiente contestación:1º. Como resulta de la Regla 2ª de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobada juntamente con las Tarifas del mismo por el Real Decreto Legislativo 1171/ 1990, de 28 de septiembre,"el mero ejercicio de cualquier actividad económica especificada en las Tarifas, así como el mero ejercicio de cualquier otra actividad de carácter empresarial, profesional o artístico no especificado en aquéllas, dará lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta y de contribuir por este impuesto, salvo que en la presente Instrucción se disponga otra cosa". De este precepto se desprenden, entre otras, las siguientes conclusiones:a) que la tributación se verifica por cada una de las actividades económicas que desarrolle el sujeto pasivo;b) que es irrelevante a los efectos de la sujeción a dicha tributación que la actividad económica ejercitada estéo no específicamente clasificada en las Tarifas del Impuesto;c) que es igualmente irrelevante que el sujeto pasivo desempeñe la o las actividades económicas correspondientes sin ánimo de lucro.2º. Llevando lo expuesto al concreto caso planteado, resulta que la consultante es arrendataria de un conjunto de plazas de garaje que distribuye y adjudica a los socios integrantes de la misma, pero, asimismo, puede subarrendar a terceras personas distintas de dichos socios. De ocurrir estoúltimo resultaría que está ejerciendo una actividad empresarial contemplada en el epígrafe 861.2 de la Sección 1ªde las Tarifas del Impuesto, por lo que, respecto a tal actividad, corresponderá el alta y tributación por dicha rúbrica. En este sentido cabe observar, adicionalmente que, como resulta de la Nota 2ª adjunta a tal Epígrafe en unión de lo que dispone la Regla 5ª.2, letra B), párrafo último, inciso segundo.a) Se satisfará una sola cuota por la totalidad de las plazas de garaje subarrendadas, acumulando, a tal fin, los valores catastrales de otras ellas.b) Si la cuota resultante de aplicar a dicha suma de valores catastrales el porcentaje del 0,1 por 100 resultase inferior a 601,01 euros, el sujeto pasivo tributará por cuota 0, lo que, como resulta de la Regla 15ª.1 de la Instrucción impone el que no sólo no pagará cuota alguna, sino que tampoco deberá cursar alta por esta actividad en el impuesto.
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.
Comparte sólo esta página:
Síguenos
Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento.
Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias.
Puede ampliar información y modificar sus preferencias acerca de esta privacidad aquí.
Usamos el menor número posible de cookies para que el sitio web funcione, pero estimamos conveniente utilizar otras. Haciendo click en "Aceptar todas las cookies" aceptas que guardemos otras cookies no estrictamente necesarias con el objetivo de mejorar tu navegación en el sitio. Así podríamos analizar el uso del sitio, de manera colectiva, para mostrarte los contenidos más actuales y relevantes. También es posible, que la publicidad que visualices sea lo más personalizada posible. Puedes hacer click en "Configuración de cookies" para obtener más información y elegir qué cookies quieres que guardemos. Para más información puedes ver nuestra política de privacidad.
Son cookies necesarias para el correcto funcionamiento de nuestro sitio web. Se usan para que tengas una mejor experiencia usando nuestros servicios. Puedes desactivar estas cookies cambiando la configuración de tu navegador. Información de las cookies
NombreCONS
Huéspedsupercontable.com
TipoPropia
Duración3 meses
InformaciónAcerca del consentimiento de las cookies.
Estas cookies nos permiten contar las visitas a los contenidos de nuestro sitio y cuando se realizaron. Esta información se trata en conjunto para toda la página, nunca a nivel individual. Nos permite saber qué contenidos son más atractivos para el público y elaborar contenidos nuevos lo más interesantes posible. Información de las cookies
Son cookies colocadas por nuestros socios publicitarios. Intentan mostrarte publicidad acorde a tus intereses. Si desactiva estas cookies no tendrá menos publicidad, sino que será menos personalizada. Información de las cookies