COMUNICACIÓN DEL ACREEDOR A AEAT. SOLICITUD MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE.
Como es conocido, en el plazo de un mes desde la expedición de la factura rectificativa que modifica la base imponible de una factura total o parcialmente impagada, el acreedor habrá de comunicar a la Agencia tributaria, la referida modificación y su comunicación al destinatario/cliente para poder minorar las cuota repercutiva, ingresada y no cobrada al cliente en el Modelo 303 que corresponda. La comunicación/solicitud de rectificación se realizará mediante la formalización del Modelo 952 disponible en la sede electrónica de la AEAT. Así para la presentación habrá de seguir, cronológicamente, los siguientes pasos:
- Se crea un fichero con la documentación que se aportará (facturas rectificativas escaneadas, reclamación judicial o requerimiento notarial al deudor, etc.) y se aporta a través de la opción "Aportar documentación complementaria" en Sede Electrónica de la AEAT.
- Se cumplimenta el formulario o Modelo 952.
1º. APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Previamente a la presentación de la comunicación se deberá presentar a través del registro electrónico mediante la opción "Aportar documentación complementaria", a la que se accede a través de la web de la AEAT, en concreto:Comunicación de la modificación de la base imponible en supuestos de concurso y por crédito incobrable.Entre la documentación a aportar encontramos:- Copia de las facturas rectificativas.
- Documento de reclamación judicial o requerimiento notarial o Certificado del Ente público.
- En el supuesto de grandes empresas, además de lo anterior, la relación de las facturas rectificativas.

2º. PRESENTACIÓN DEL MODELO 952. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE BASE IMPONIBLE.



- Habremos de ELEGIR si la base imponible rectificada se refiere a créditos incobrables afianzados con Entes Públicos, o no, y si está o no declarado en concurso de acreedores. Como podemos observar en nuestro caso hemos marcado la 1ª y 3ª pestañas pero si el deudor estuviese en concurso de acreedores o fuese un ente público habríamos de cambiar nuestra elección en función de la situación real acontecida.
- Obligatorio reseñar el Código del Asiento de Registro obtenido del paso previo de aportación de documentación.
- Relacionar (mediante el botón del alta de Registro) los datos identificativos solicitados (NIF, facturas rectificativas expedidas, base imponible modificada, cuotas de IVA no cobradas, etc.) para cada uno de los deudores relacionados a los que se ha comunicado la modificación de la base imponible de las facturas pendientes con ellos.

- Las Facturas rectificativas expedidas.
- Las fecha de expedición de éstas.
- El período en que ha declarado la modificación de la base imponible (trimestral o mensual).
- El tipo de documento:
- C. Concurso de Acreedores.
- I. Créditos Incobrables (caso aquí seleccionado a modo de ejemplo).
- E. Créditos adeudados con Entes Públicos.
- La base imponible modificada.
- Las cuotas de IVA no cobradas.
Comentarios
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Modelo de Carta para comunicar a Deudor Factura rectificativa y modificación de base Imponible.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V2508-19 DGT. Emitir factura por trabajos pendientes y declaración de estas.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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