Transporte intracomunitario de bienes con destino a un Estado Miembro de la Unión Europea

Transporte Intracomunitario de Bienes con Destino a
un Estado Miembro de la Unión Europea


    Se considera transporte intracomunitario de bienes al transporte de bienes cuyos lugares de inicio y de llegada estén situados en los territorios de dos Estados miembros diferentes.

    En este apartado vamos a tratar el transporte intracomunitario de bienes con inicio en la Península o Islas Baleares y con destino a un país miembro de la Unión Europea.

    Si una empresa española contrata el servicio de transporte intracomunitario con destino a otro Estado miembro, este servicio estará sujeto en España, mientras que si el servicio lo contratase una empresa de un Estado miembro diferente a España que facilitase su NIF-IVA comunitario, este servicio estaría exento en España y sujeto en el país de destino.

    Si el transporte lo contrata un particular de un Estado miembro de la UE, este servicio estará sujeto en España y la factura llevará IVA español.

Transporte intracomunitario de bienes con destino a un país miembro de la UE

La empresa RCRCR, con sede en Madrid, vende losas de cerámica a una empresa italiana con sede en Roma. ¿Cuál es el tratamiento correcto del IVA por el transporte en los siguientes casos?
  1. La empresa italiana no dispone de NIF-IVA comunitario.
  2. El transporte corre a cargo de la empresa española RCRCR. La empresa italiana comunica su NIF-IVA comunitario.
  3. El transporte corre a cargo de la empresa italiana, que comunica su NIF-IVA comunitario.

Solución

  1. Tanto la empresa RCRCR como la que se encargue del transporte facturarán con IVA español la operación como si de una venta a un particular se tratase.
  2. El transporte está sujeto en España, con lo que la empresa que realice el transporte emitirá su factura con IVA español a RCRCR. Este IVA se lo puede deducir RCRCR en su liquidación periódica. La factura que emita RCRCR por la entrega intracomunitaria de bienes no llevará IVA.
  3. Tanto los bienes como el transporte están exentos en España y sujetos en Italia. La empresa transportista emitirá su factura sin IVA, al igual que RCRCR por la entrega intracomunitaria de bienes.


Comentarios



- Transporte intracomunitario de bienes con destino a la Península o Islas Baleares.
- Prueba del transporte intracomunitario.

Legislación



- Art.70 Ley 37/1992 LIVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales.
- Art.72 Ley 37/1992 LIVA. Lugar de realización de los transportes comunitarios de bienes cuyo destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal.

Jurisprudencia y Doctrina



- Consulta Vinculante V1416/2015. Prestación de servicios de transporte y almacenaje a empresa establecida en otro Estado Miembro.

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