Libro-Registro de bienes de inversión

LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN


    El Libro-Registro de bienes de inversión solamente han de llevarlo aquellos sujetos pasivos del Impuesto que deban practicar regularización de las deducciones por bienes de  inversión que tributen con la regla de la PRORRATA (es decir  que únicamente se deduzcan una parte del IVA soportado).

    El objetivo de este libro, es a través del registro individualizado de cada bien de inversión, anotar la fecha de  comienzo de su utilización, prorrata definitiva y las  posibles regularizaciones anuales.

    SU ESQUEMA ES EL SIGUIENTE:
Nº Factura de compraDescripción del bien de inversiónFecha Inicio UtilizaciónProrrata AnualRegularización practicada
-----

Comentarios



- Libros de llevanza obligatoria en el IVA.

Legislación



- Art.62 RD 1624/1992 RIVA. Libros registros del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Art.65 RD 1624/1992 RIVA. Libro Registro de bienes de inversión.

Siguiente: Falta de inscripción en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos