Modelo 425. Declaración resumen anual de IGIC.

MODELO 425. DECLARACIÓN RESUMEN ANUAL DE IGIC.



¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 425?


    Este modelo de declaración resumen anual de Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) deben presentarlo los sujetos pasivos del IGIC que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas por este tributo, incluidos aquellos autorizados a presentar autoliquidaciones conjuntas, excepto aquellos que lleven los libros registro del IGIC a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria, en lo que se conoce como Suministro Inmediato de Información (SII).

   No obstante, los obligados tributarios a los que les sea de aplicación la llevanza de los libros registro del Impuesto a través de la sede electrónica estarán obligados a presentar la declaración-resumen anual en el caso de que no exista obligación de presentar la autoliquidación correspondiente al último periodo de liquidación del año.


CONTENIDO DEL MODELO 425


    En la declaración resumen anual de IGIC se deben indicar las operaciones realizadas a lo largo del año natural relativas a la liquidación del Impuesto General Indirecto Canario, de tal forma que debe coincidir con el acumulado de las autoliquidaciones trimestrales presentadas. Igualmente sirve para determinar el volumen de operaciones realizadas durante el año.


FORMA Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN


    El modelo 425 de resumen anual del IGIC se presentará de forma anual durante el mes de enero del año siguiente al que hace referencia, junto a la última autoliquidación del IGIC del año.

    El modelo 425 puede presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Canaria (obligatorio para sociedades anónimas y de responsabilidad limitada) o bien de forma presencial en la oficina de la Agencia Tributaria Canaria correspondiente al domicilio fiscal en Canarias del obligado tributario o, en su caso, a su establecimiento permanente principal, directamente o por correo dirigido a la mencionada oficina.

    No obstante, en caso de que la última autoliquidación del año sea a devolver o a ingresar si la forma de pago elegida es en efectivo o adeudo en cuenta, la autoliquidación y el resumen anual del IGIC se presentarán en cualquier entidad colaboradora autorizada situada en Canarias.


MODELO DE DECLARACIÓN (425)


    En el siguiente enlace puede ver un borrador (no válido para su presentación) así como las instrucciones de cumplimentación del MODELO_425_IGIC para de esta forma saber qué apartados son los que en su caso debería rellenar.

    Por otra parte, si lo que desea es cumplimentar el modelo oficial para su presentación de forma telemática, deberá acceder al fichero que hay en el enlace siguiente:
    
Modelo 425. Declaración resumen anual de IGIC


Legislación



- Art. 57 Decreto 268/2011. Autoliquidaciones periódicas y declaración-resumen anual.
- Orden de 29 de octubre de 1993, por la que se aprueba el modelo 425 de Declaración-Resumen Anual del Impuesto General Indirecto Canario.

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