Prorrata del IVA
A efectos del IVA, la regla de prorrata es de aplicación cuando un empresario o profesional efectúa conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones de análoga naturaleza que no dan derecho a deducción. Ante este supuesto, la prorrata dertermina el importe de las cuotas de IVA soportado que es deducible, dando un porcentaje que debe ser de aplicación a la hora de liquidar el impuesto, de acuerdo con la fórmula siguiente (redondeando a la unidad superior):Prorrata IVA= Importe de operaciones con derecho a deducciónImporte total de operaciones realizadas x 100 |
Prorrata IVA
- Ingresos docentes: 50.000 Euros.
- Ingresos de alquiler: 12.000 Euros.
Solución
El porcentaje de prorrata vendrá dado por: 12.000 Prorrata = ----------------- x 100 = 19,35% 50.000 + 12.000 Esta cantidad se redondea por exceso = 20%Comentarios
- Ejemplo aplicación prorrata IVA.- Caso práctico de contabilidad: prorrata general.- Caso práctico de contabilidad: prorrata especial.- La prorrata general.- La prorrata especial.- Solicitud de porcentaje de prorrata provisional a la Administración.Legislación
- Art. 102 Ley 37/1992 LIVA. Regla de prorrata. - Art. 103 Ley 37/1992 LIVA. Clases de prorrata y criterios de aplicación.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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