¿Qué es el NIF/IVA o NIF Intracomunitario?
Es un número necesario para realizar determinadas operaciones intracomunitarias. El NIF-IVA se asignará, con algunas excepciones, a las siguientes personas o entidades:- Los empresarios o profesionales establecidos o no en el territorio de aplicación del IVA español que realicen entregas de bienes o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al Impuesto, incluso si los bienes objeto de dichas adquisiciones intracomunitarias se utilizan en la realización de actividades empresariales o profesionales en el extranjero.
- Los empresarios o profesionales que sean destinatarios de los servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio peninsular español e Islas Baleares, respecto de los cuales sean sujetos pasivos del IVA (inversión del sujeto pasivo).
- Los empresarios o profesionales que presten servicios, que por aplicación de las reglas de localización de los mismos se entiendan prestados en otro Estado miembro distinto de España, cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.
- Las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales, cuando realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.
¿EL NIF-IVA ES LO MISMO QUE EL NÚMERO EORI?
NO. Ambos números tienen la misma composición pero su finalidad es diferente y serán gestionados de forma independiente. El EORI es un número, único en toda la Unión Europea, asignado por la autoridad designada en cada Estado Miembro a los operadores económicos y, cuando corresponda, a otras personas, que debe ser utilizado como referencia común en las relaciones de éstos con las autoridades aduaneras de toda la Comunidad; será solicitado por el agente o agencia de aduanas para poder operar a través de ellos .Es decir, un operador a quien se asigne un número EORI no podrá, por este hecho realizar operaciones intracomunitarias, salvo que esté igualmente, dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios.Comentarios
¿Cómo darse de alta en el ROI?Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.