A quién se aplica Régimen Especial del Recargo de equivalencia

¿A Quién se Aplica el Régimen Especial
del Recargo de Equivalencia?


    El régimen especial del Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido es un régimen de utilización masiva debido a la cantidad de sujetos que abarca. Y es que este régimen especial se aplica a los COMERCIANTES MINORISTAS que sean:
  1. Personas físicas.


  2. Entidades en régimen de atribución de rentas en el I.R.P.F. (Comunidades de Bienes, Herencias Yacentes, etc.) si todos sus partícipes son personas físicas.
    A estos sujetos, a cambio de no tener que liquidar IVA, se les exigirá un recargo de equivalencia en las siguientes operaciones que estén sujetas y no exentas del IVA:
  1. Las entregas de bienes muebles que los empresarios les efectúen.


  2. Las adquisiciones intracomunitarias o importaciones de bienes realizadas.
    En este caso se exceptúa a aquellos comerciantes minoristas que acrediten estar sujetos al régimen general o a otro régimen especial, y a aquellos que estando sometidos al régimen especial del recargo de equivalencia aseguren que los bienes adquiridos no van a ser objeto de comercio.

Comentarios



Concepto de comerciante minorista.
Productos excluidos del régimen especial del recargo de equivalencia.
Obligaciones en el régimen especial del recargo de equivalencia.

Legislación



Art.148 Ley 37/1992 LIVA. Régimen especial del recargo de equivalencia.
Art.156 Ley 37/1992 LIVA. Recargo de Equivalencia.
Art.157 Ley 37/1992 LIVA. Supuestos de no aplicación del recargo de equivalencia.
Art.59 RD 1624/1992 RIVA. Requisitos de aplicación.
Art.61 RD 1624/1992 RIVA. Obligaciones formales y registrales del régimen especial del recargo de equivalencia.

Jurisprudencia



Cosnulta Vinculante V0465-20 DGT. Recargo equivalencia por venta de tabaco a través de máquina.
Consulta Vinculante V1950-19 DGT. Recargo de equivalencia venta garrafas agua a minorista.
Consulta Vinculante V1402-19 DGT. Aplicabilidad recargo equivalencia e inversión sujeto pasivo.



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