Devolución del IVA a la exportación en Régimen de Viajeros
Los turistas y viajeros que compran productos en Península e Islas Baleares también exportan cuando compran y salen de nuestro país, pero si se trata de viajeros con destino en el Unión Europea no se considera exportación. En este sentido, nunca se devuelve el I.V.A. a viajeros comunitarios. Sin embargo, los turistas de países terceros, no miembros de la Unión Europea se han convertido en exportadores cuando traspasan la frontera, pues la entrega se efectuó al viajero cobrándose I.V.A. en un primer momento, siendo una operación exenta en el momento que cruza la frontera. Así, la devolución del IVA en régimen de viajeros podrá ser solicitada por aquellos "viajeros" (personas físicas) con residencia habitual fuera de la Unión Europea, o en Canarias, Ceuta o Melilla. Los requisitos para poder solicitar esta devolución vienen dados por:- El conjunto de los bienes adquiridos que no deben constituir una expedición comercial. Se considera que los bienes conducidos por los viajeros no constituyen una expedición comercial cuando se trate de bienes adquiridos ocasionalmente, que se destinen al uso personal o familiar de los viajeros o a ser ofrecidos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean el objeto de una actividad comercial.
- Las mercancías deben tener un valor superior a 90,15 Euros por cada factura de las compras realizadas, debiendo figurar el impuesto pagado separado del precio del producto, (no siendo aplicable a ningún servicio, como facturas de restaurantes, hotel, ni las entregas de bienes destinadas al equipamiento o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado como neumaticos, combustible, etc.)
- Los bienes adquiridos deben salir de la Unión Europea dentro de los tres meses siguientes a su compra.
- Gestionado por el propio viajero.
- Gestionado por entidades colaboradoras.
- Su pasaporte o documento de identidad
- Las facturas de compras (no son válidos los tickets de compra)
- Y los bienes por los que solicita la devolución
- Su tarjeta de embarque o bien su ticket de la compañía aérea con su ruta de viaje
Comentarios
Exención en las entregas de bienes en Régimen de Viajeros.Devolución de cuotas de IVA deducibles.Formularios
Modelo 308. Solicitud de devolución en el RE de recargo de equivalencia y otros sujetos ocasionales.Legislación
Art.117 Ley 37/1992 LIVA. Devoluciones a exportadores en régimen de viajeros.Art.118 Ley 37/1992 LIVA. Garantías de las devoluciones.Siguiente: Devolución a personas no establecidas. Modelo 361
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