LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN
El Libro-Registro de bienes de inversión solamente han de llevarlo aquellos sujetos pasivos del Impuesto que deban practicar regularización de las deducciones por bienes de inversión que tributen con la regla de la PRORRATA (es decir que únicamente se deduzcan una parte del IVA soportado). El objetivo de este libro, es a través del registro individualizado de cada bien de inversión, anotar la fecha de comienzo de su utilización, prorrata definitiva y las posibles regularizaciones anuales. SU ESQUEMA ES EL SIGUIENTE:Nº Factura de compra | Descripción del bien de inversión | Fecha Inicio Utilización | Prorrata Anual | Regularización practicada |
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Comentarios
- Libros de llevanza obligatoria en el IVA.Legislación
- Art.62 RD 1624/1992 RIVA. Libros registros del Impuesto sobre el Valor Añadido.- Art.65 RD 1624/1992 RIVA. Libro Registro de bienes de inversión.Siguiente: Falta de inscripción en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
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