Operaciones no sujetas al IVA: Concesiones administrativas

OPERACIONES NO SUJETAS AL IVA:
CONCESIONES ADMINISTRATIVAS


    Las concesiones y autorizaciones administrativas se encuentran NO SUJETAS al IVA, sin perjuicio de su tributación por el ITP y AJD (concepto transmisiones patrimoniales onerosas).

    Existe una excepción a este supuesto de no sujeción, relativo a las concesiones administrativas que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar inmuebles o instalaciones en puertos y aeropuertos, las cuales sí estarán sujetas al impuesto.

    Por otro lado, el servicio prestado por la empresa concesionaria al particular estará sujeto y no exento del IVA.

Legislación



- Art.7 Ley 37/1992 LIVA. Operaciones no sujetas al impuesto.

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta Vinculante V1459-19 DGT. Sujeción IVA por concesión para prestación de servicio público.

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