Epígrafe 644.6 Comercio al por menor masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivos Régimen simplificado IVA

Índices o Módulos Régimen Simplificado IVA



     Epígrafe IAE:  644.6
     Comercio al por menor masas fritas, con o sin coberturas o  rellenos, patatas fritas, productos de aperitivos, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes.

MÓDULODEFINICIÓNUNIDADRendimiento anual por unidad antes de amortización
  1. 1
  2. 2
  3. 3
  1. Personal empleado
  2. Superficie del local
  3. Importe total comisiones loterías
  1. Persona
  2. m2
  3. Euro
  1. 2.550,92 Euros
  2. 10,63 Euros
  3. 0,21 Euros
Magnitud máxima permitida:6 empleados
Cuota mínima por operaciones corrientes:32% de cuota devengada por operaciones corrientes.


NOTA: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye exclusivamente la derivada de las actividades para las que faculta el epígrafe 644.6, exceptuando las que tributan por el Régimen Especial  del Recargo de Equivalencia, así como la de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter accesorio a la actividad principal.


Comentarios



- Índices o módulos epígrafe 644.6 en Régimen Estimación Objetiva de IRPF.
- Cuota de IAE epígrafe 644.6 de Comercio al por menor de masas fritas, patatas fritas, etc.

Legislación



- Orden HFP/1359/2023. Desarrolla para el 2024 el régimen especial simplificado del IVA.
- Orden HAC/1347/2024. Desarrolla para el 2025 el régimen especial simplificado del IVA.

En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...

pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Epígrafe 663.1 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial. Régimen simplificado IVA

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos