Acreditación de respresentación por persona física

ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN POR PERSONA FÍSICA.


    Los mayores de edad (18 años) pueden comparecer y actuar por sí mismos en el procedimiento de Inspección.

    Los menores de edad, en aquellas actividades cuyo ejercicio les está permitido por las normas sin asistencia de sus padres o tutores, también pueden actuar ante la Inspección.

    Fuera de los casos anteriores, los menores o incapacitados deberán actuar a través de sus representantes legales (civil o judicialmente nombrados). Asimismo, los representantes legales pueden actuar a través de representación voluntaria.

    El representante legal es responsable de las infracciones tributarias cometidas durante la representación legal.

Formularios



Modelos de representación normalizados de la AEAT
Documento exención de responsabilidad del asesor fiscal ante determinados encargos de los clientes.

Legislación



Art. 44 Ley 58/2003 LGT. Capacidad de obrar.
Art. 45 Ley 58/2003 LGT. Representación legal.
Art. 46 Ley 58/2003 LGT. Representación Voluntaria.
Art. 110 RD 1065/2007 RGPGI. Representación Legal.
Art. 111 RD 1065/2007 RGPGI. Representación Voluntaria.
Art. 112 RD 1065/2007 RGPGI. Disposiciones Comunes a la Representación Legal y Voluntaria.



Jurisprudencia


- SAP de Barcelona 12679/2022. El asesor fiscal es responsable de no comprobar la documentación de su cliente.

   

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