Alegar y aportar documentación

ALEGAR Y APORTAR DOCUMENTACIÓN.


    En esta fase de instrucción, el obligado tributario puede alegar y aportar toda aquella documentación que considere oportuna para la justificación de sus declaraciones censales.


Comentarios



Aportar pruebas en vía administrativa aunque no se aporten en el requerimiento de información de la AEAT.

Jurisprudencia



Resolución TEAC 08923/2022. Unificación criterio sobre aportación de prueba en vía administrativa.
STS 1362/2018. Sin actitud abusiva o maliciosa puede aportarse prueba posteriormente al requerimiento de la AEAT.
STS 684/2017. Es posible aportar pruebas no aportadas antes del requerimiento de la AEAT en recurso o reclamación.

Legislación



Artículo 145 RD 1065/2007 RGPGI. Procedimiento de rectificación censal.


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