Artículo 20 Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, reglamento general de la Ley 58/2003, general tributaria, en materia de revisión vía administrativa

Normativa
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, reglamento general de la Ley 58/2003, general tributaria, en materia de revisión vía administrativa

Artículo 20. Ejecución de la devolución.




    Reconocido el derecho a la devolución mediante cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 15 o cuando mediante ley se declare la condonación de una deuda o sanción, se procederá a la inmediata ejecución de la devolución.

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