Artículo 30. Obligaciones y deberes de la Administración tributaria.
1. La Administración tributaria está sujeta al cumplimiento de las obligaciones de contenido económico establecidas en esta ley. Tienen esta naturaleza la obligación de realizar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, la de devolución de ingresos indebidos, la de reembolso de los costes de las garantíasy la de satisfacer intereses de demora. 2. La Administración tributaria está sujeta, además, a los deberes establecidos en esta ley en relación con el desarrollo de los procedimientos tributarios y en el resto del ordenamiento jurídico.Siguiente: Artículo 31. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
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