Artículo 52. Método de estimación objetiva.
El método de estimación objetiva podrá utilizarse para la determinación de la base imponible mediante la aplicación de las magnitudes, índices, módulos o datos previstos en la normativa propia de cada tributo.Siguiente: Artículo 53. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
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