FORMA DE CUMPLIMENTAR EL REQUERIMIENTO.
Puede ser: - Remisión, en su caso, al Equipo Central de Información, si fue este el órgano que requirió la información. - Por correo certificado al actuario perteneciente a la Unidad/Equipo de Inspección cuyos datos se detallan en el requerimiento. - Mediante su presentación en cualquier Delegación o Administración de la AEAT. - Por cualquiera de los medios que se detallan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Siguiente: Solicitar justificación del cumplimiento del requerimiento
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