FORMULAR ALEGACIONES A LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN.
Establece el Art. 18 RD 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, que, con carácter previo a dictar la resolución, la Administración tributaria deberá notificar al obligado tributario la propuesta de resolución para que en un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente al de la notificación, presente las alegaciones y los documentos y justificantes que estime necesarios. No obstante, se podrá prescindir de dicho trámite cuando no se tengan en cuenta otros hechos o alegaciones que las realizadas por el obligado tributario o cuando la cuantía propuesta a devolver sea igual a la solicitada, excluidos los intereses de demora.Comentarios
Pasos para solicitar la devolución de ingresos indebidos.La AEAT debe comprobar si se tiene derecho a devolución cuotas indebidamente repercutidas.Jurisprudencia y Doctrina
STS 224/2024. Imputación temporal de la devolución de impuestos pagados en ejercicios anteriores.Legislación
Art. 221 Ley 58/2003 LGT. Procedimiento para devolución de ingresos indebidos.Art. 18 RD 520/2005 Tramitación.Siguiente: Modelo de escrito de alegaciones en el Procedimiento de devolución de ingresos indebidos
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