MOTIVOS PARA RECURRIR LA DILIGENCIA DE EMBARGO
De acuerdo con el Art. 170 Ley 58/2003, contra la diligencia de embargo sólo puede oponer el obligado al pago bien en recurso de reposición o en reclamación económico administrativa los siguientes motivos: a) Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación. A este respecto hemos de reseñar la controversia dirimida en la Resolución fechada el 15 de Octubre de 2024, concretamente la Resolución 06635/2023, cuyo argumento se sustenta en la Sentencia 586/2020 del Tribunal Supremo -TS- de 28 de mayo de 2020 (recurso de casación 5751/2017), donde estando pendiente de ser resuelto el recurso de reposición sin solicitud de suspensión interpuesto contra la providencia de apremio, se dictó por la AEAT una diligencia de embargo de cuentas bancarias. En este caso el TEAC utiliza la misma argumentación utilizada en la Resolución 03690/2023, para dictar que:Comentarios
Embargo preventivo de la totalidad de saldos y depósitos bancarios así como derechos de cobro de clientesPasos ante la AEAT para gestionar un procedimiento de embargo.Pasos a seguir ante una diligencia de embargo de salarios de la AEAT.Sanción por no acceder a notificación electrónica de diligencia de embargo.Formularios
Modelo de recurso de reposición frente a la diligencia de embargo.Modelo de reclamación económico-administrativa frente a la diligencia de embargo.Legislación
Art. 170 Ley 58/2003 LGT. Diligencia de embargo y anotación preventiva.Jurisprudencia y Doctrina
Resolución 03690/2023 TEAC. Liquidación recurrida en reposición sin solicitud de suspensión Resolución 06635/2023 TEAC. Providencia de Apremio recurrida en reposición sin solicitud de suspensión Resolución TEAC 09455/2022. Sanción por no acceder a notificaciones electrónicas para el embargo de trabajadores.Resolución TEAC 03869/2020. Sanción por infracción del artículo 203 de la LGT.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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