Modelo de Recurso Reposición o Reclamación económico-administrativa contra la desestimación de la compensación. Procedimiento de recaudación.

Formularios

MODELO DE RECURSO REPOSICIÓN/RECLAMACIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA CONTRA LA DESESTIMACIÓN DE LA COMPENSACIÓN



    D./Dª .....(nombre y apellidos)....., mayor de edad, con N.I.F. nº ........., actuando en calidad de ...(administrador, representante legal, etc.)............ de la mercantil ......(nombre o razón social)......., con N.I.F. nº ............ y domicilio a efectos de notificaciones en ....(calle, plaza, avenida, etc.)........................., nº .... y CP ....., de ....................... comparece, y como mejor proceda, EXPONE:

    Que en fecha .../.../...., he recibido notificación del acuerdo desestimatorio de la solicitud de COMPENSACIÓN presentada en fecha .../.../...., como medio de pago de la deuda tributaria por el concepto ......................................................................................... .

    Se acompaña fotocopia de dichos documentos.

    1. Solicitud de compensación.

    2. Crédito cuya compensación se solicita. Documento que acredite el reconocimiento de crédito cuya compensación se solicita.

    Que no estando conforme con la resolución indicada interpone contra la misma recurso de reposición/reclamación económico-administrativa (seleccionar la que proceda) al amparo de lo dispuesto en el RD 520/2005, 13 de mayo, Reglamento de desarrollo de la Ley 58/2003, General Tributaria revisión vía Administrativa, con apoyo en las siguientes

                                         ALEGACIONES

    PRIMERA.- La solicitud reúne los requisitos legal y reglamentariamente previstos, por cuanto que la compensación se propone respecto de deudas de naturaleza pública a favor de la Hacienda pública y frente a créditos reconocidos por aquella a favor del deudor en virtud de un acto administrativo.

    Consta, asimismo, la identificación de la deuda cuya compensación se solicita, indicando su importe, concepto y fecha de vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario.

    Consta también la identificación del crédito reconocido por la Hacienda pública a favor del solicitante cuya compensación se ofrece, indicando su importe, concepto y órgano gestor.

    SEGUNDA.- A la solicitud se acompañaron los documentos que se señalan en el Art. 56 RD 939/2005, y más concretamente (indicar lo que proceda):

    a) Si la deuda tributaria cuya compensación se solicita ha sido determinada mediante autoliquidación, el modelo oficial de esta debidamente cumplimentado, salvo que el interesado no esté obligado a presentarlo por obrar ya en poder de la Administración; en tal caso, señalará el día y procedimiento en que lo presentó.

    b) Justificación de haber solicitado certificado de la oficina de contabilidad del órgano u organismo gestor del gasto o del pago, en el que se refleje la existencia del crédito reconocido pendiente de pago, la fecha de su reconocimiento y la suspensión, a instancia del interesado, de los trámites para su abono en tanto no se comunique la resolución del procedimiento de compensación.

    Si el crédito ofrecido en compensación deriva de una devolución tributaria, en lugar de la certificación anterior se acompañará, en su caso, copia del acto, resolución o sentencia que lo reconozca.

    TERCERA.-...............................................................................


    En virtud de lo expuesto,

    SOLICITO: Que tenga por presentado, en tiempo y forma, este escrito y documentos que se acompañan, y por formulado recurso de reposición/reclamación económico-administrativa (seleccionar la que proceda) contra la indicada resolución desestimatoria de la concesión de la compensación solicitada y, previos los trámites oportunos, se dicte resolución acordando que ........................................(Aquí se hará constar la petición o solicitud que se realice a la Administración, que se referirá, normalmente, a la revocación de la resolución y a que se dicte una conforme a los intereses del contribuyente)............, por las razones expuestas en el cuerpo de este escrito; y con cuánto más proceda en Derecho.

    OTROSÍ DIGO:
En caso de querer aportar documentación que no hayamos aportado con anterioridad (en requerimientos de información de la AEAT o en el trámite de alegaciones, debemos incluir lo siguiente en esta parte del modelo.
    La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, Sentencias 1362/2018 de 10 de septiembre y 684/2017 de 20 de abril, así como el Tribunal Económico-Administrativo, en Resolución 08923/2022, de 30 de octubre, unificando su criterio y acogiendo la doctrina de éste, ha considerado conforme a derecho que el obligado tributario pueda presentar pruebas relevantes para acreditar su pretensión en vía de revisión pese a no aportarse en los requerimientos efectuados a tal efecto por los órganos de la Administración Tributaria, ni en el periodo de alegaciones oportuno:

    "Cabe la presentación por parte del obligado tributario en vía de revisión de pruebas relevantes para acreditar su pretensión que no aportó pese a haber sido requerido para ello ante los órganos de la Administración tributaria en el procedimiento de aplicación de los tributos, aún cuando la falta de aportación de dichas pruebas le fuera imputable a él, salvo que la actitud del interesado haya de reputarse abusiva o maliciosa y así se constate debida y justificadamente en el expediente" (STS 1362/2018)

    Con base en la citada doctrina del Tribunal Supremo y para que sea objeto de valoración tenga por valorada, se aporta, en justificación de los hechos expuestos, la siguiente documentación:

    1. .......... (Documento Nº ...)

    2. .......... (Documento Nº ...)

    3. .......... (Documento Nº ...)

    Y se dejan señaladas las pruebas del propio expediente puesto de manifiesto al obligado tributario.



    A LA ADMINISTRACIÓN/DELEGACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ..................... / AL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO (CENTRAL, REGIONAL, LOCAL) DE .............................  


Recuerde que:

La resolución deberá notificarse en el plazo de 6 MESES, sino los interesados podrán entender desestimada la solicitud a los efectos de interponer el recurso correspondiente o esperar la resolución expresa.


Comentarios



Pasos para interponer un recurso de reposición ante la AEAT.

Legislación



Art. 55 RD 939/2005 RGR. Deudas compensables.
Art. 56 RD 939/2005 RGR. Compensación a instancia del obligado al pago,

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