¿Qué requisitos debe cumplir el acto notificado?
Las medidas cautelares adoptadas deberán notificarse a aquellos sobre los que desplegarán sus efectos; en este caso, los futuros responsables que así serán declarados con posterioridad o cualquier otro obligado tributario que sea objeto de este procedimiento. En líneas generales, cabe destacar que el acto debe:- Incluir con detalle el importe de las deudas tributarias cuyo cobro se pretende asegurar con la adopción de la medida cautelar.
- Incluir las razones y motivos que motivan su adopción; además, deben adecuarse al caso concreto, no siendo válida aquella justificación vaga y general, aplicable a cualquier caso de adopción de medidas cautelares. También debe pronunciarse sobre por qué, de no implementarse, podrían frustrar el cobro de la deuda tributaria en cuestión.
- Pronunciarse sobre por qué las medidas cautelares adoptadas son proporcionadas al daño que se pretende evitar y ceñirse cuantía que sea necesaria de manera estricta; no pueden estas causar un perjuicio de grave o imposible reparación para la persona sobre la que se van a adoptar.
Formularios
Recurso de reposición contra adopción de medidas cautelares en procedimiento de recaudación.Reclamación económico-administrativa contra adopción de medidas cautelares en procedimiento de recaudación.Modelo de solicitud de sustitución de medida cautelar por otra garantía prestada.Solicitud levantamiento de medidas cautelares por desaparecer las circunstancias que motivaron su adopción.Comentarios
¿Qué medidas cautelares puede adoptar la Administración Tributaria?Duración y levantamiento de las medidas cautelares en un procedimiento tributario.Conversión de las medidas cautelares en embargos.Pasos para realizar gestiones ante la adopción de medidas cautelares por la Administración.Adopción de medidas cautelares.Quebrantamiento de medidas cautelares.Medidas cautelares para garantizar el cobro de la deuda.Garantías de la deuda tributaria: aval.Pasos para interponer un recurso de reposición.Pasos para interponer una reclamación económico-administrativa.Órgano competente para adoptar medidas cautelares.Jurisprudencia y Doctrina
Resolución TEAC 05453/2020. Requisitos para adoptar medidas cautelares en procedimiento de recaudación.Resolución TEAC 04998/2019. Es posible embargar la totalidad de un crédito de un cliente como medida cautelar.Legislación
Art. 81 Ley 58/2003 LGT. Medidas Cautelares.Art. 146 Ley 58/2003 LGT. Medidas cautelares en el procedimiento de inspección.Art. 162 Ley 58/2003 LGT. Facultades de la recaudación tributaria.Siguiente: STS 84/2024. Un Ayuntamiento no puede practicar un embargo fuera del término municipal
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