SOLICITAR COMPENSACIÓN.
La compensación a instancia del obligado al pago se regula en el Art. 56 RD 939/2005, que señala que el obligado al pago que inste la compensación deberá dirigir al órgano competente para su tramitación la correspondiente solicitud, que contendrá los siguientes datos: a) Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado al pago y, en su caso, de la persona que lo represente. b) Identificación de la deuda cuya compensación se solicita, indicando al menos, su importe, concepto y fecha de vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario. c) Identificación del crédito reconocido por la Hacienda pública a favor del solicitante cuya compensación se ofrece, indicando al menos su importe, concepto y órgano gestor. d) Lugar, fecha y firma del solicitante.Legislación
Art. 56 RD 939/2005 RGR. Compensación a instancia del obligado al pago.Formularios
Para cumplimentar solicitud de compensación deberá acceder al formulario siguiente: Solicitud de compensación de deudasEste modelo permite la captura de datos para su correcta impresión.Para poder visualizar correctamente el modelo deberá tener instalada una versión 5.0 o superior del programa "Adobe Acrobat".El presente documento se genera en papel blanco siendo una reproducción válida para su presentación, del documento original disponible en las Delegaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.Siguiente: Acompañar a la solicitud la documentación necesaria
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