SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE ACTO RECURRIDO ANTE ADMINSTRACIÓN TRIBUTARIA MEDIANTE RECLAMACIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA.
La solicitud de suspensión

- Recurso de reposición (artículo 224.1 LGT).
- Reclamación económico-administrativa, siempre y cuando no se hubiera acordado la suspensión en el recurso de reposición con efectos en la vía económico-administrativa.
- Recurso contencioso-administrativo; si bien es cierto que, en el ámbito tributario, el tiempo transcurrido entre la resolución inicial recibida y el fin de la vía administrativa sin haber solicitado la suspensión, pudiera dar con la ejecución del acto por parte de la Administración Tributaria antes de que pudiera comenzar la vía contencioso administrativa.

- Depósito de dinero o valores públicos.
- Aval o fianza de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución.
- Fianza personal y solidaria de otros contribuyentes de reconocida solvencia para los supuestos que se establezcan en la normativa tributaria (para deudas inferiores o iguales a 1.500 euros artículo 1.2. a) Orden EHA/3987/2005).
- Prestación de otras garantías que se estimen suficientes.
- La ejecución del acto o resolución impugnado mediante un recurso extraordinario de revisión no podrá suspenderse en ningún caso (artículo 233.14 LGT).
- La interposición en tiempo y forma de un recurso o reclamación administrativa contra una sanción en período voluntario, suspenderá automáticamente la ejecución de la misma sin necesidad de aportar garantías hasta que sean firmes en vía administrativa (artículo 212.3 LGT)
En la vía administrativa, la suspensión de la ejecución debe ser solicitada en un escrito independiente e ir acompañada por los documentos que el interesado estime oportunos para acreditar los
LA SOLICITUD DEBE IR EN ESCRITO INDEPENDIENTE ACOMPAÑADA DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA NECESARIA. |
requisitos necesarios para su concesión; al tiempo que debe adjuntarse una copia de la reclamación económico-administrativa interpuesta. Ahora bien, el artículo 40.2 del Real Decreto 520/2005 (RRVA) establece los documentos que necesariamente deberán ser aportados:
SOLICITUD | GARANTÍAS | DOCUMENTACIÓN A APORTAR |
Suspensión Automática |
| Documento en que se formalice la garantía con firmas de los otorgantes legitimadas por un fedatario público, por comparecencia ante la Administración autora del acto o generadas mediante un mecanismo de autenticación electrónica (podrá ser sustituido por su imagen electrónica siempre que el proceso de digitalización garantice su autenticidad e integridad). |
Suspensión con Otras Garantías | Otras distintas de las anteriores estimadas como suficientes por el órgano competente (bienes muebles, prendas con o sin desplazamiento, etc.) |
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Suspensión con Dispensa total o parcial de Garantías | Ninguna (si solicita dispensa total) o las estimadas suficientes (si solicita dispensa parcial) por el Tribunal Económico-Administrativo para garantizar deuda tributaria o cantidad líquida. |
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Suspensión sin garantía | Ninguna | Acreditación de la comisión de un error aritmético, material o de hecho en la liquidación recibida. |
Aportación de garantías distintas de las necesarias
La Dirección General de Tributos, en Consulta Vinculante V3301-23, se ha pronunciado en relación con un supuesto en el que un contribuyente pretendía suspender el periodo ejecutivo de ingreso de una liquidación aportando una garantía distinta de las previstas en el apartado 2 del artículo 233 LGT.

Comentarios
Pasos para interponer una reclamación económico-administrativa.Duración de la suspensión de la ejecución del acto impugnado ante la Administración Tributaria.Suspensión de acto impugnado aportando como garantía inmueble con cargas hipotecarias.Jurisprudencia y Doctrina
Resolución TEAC 06931/2023. Es posible impugnar un acto aportando como garantía un inmueble con cargas previas.Formularios
Modelo solicitud de suspensión de acto por interponer reclamación económico-administrativa sin garantíasLegislación
Art. 224 Ley 58/2003 LGT. Suspensión de la ejecución del acto impugnado en resposición.Art. 233 Ley 58/2003 LGT. Suspensión de la ejecución del acto impugnado en vía económico-administrativaArt. 39 RD 520/2005 RRVA. Supuestos de suspensión. Art. 40 RD 520/2005 RRVA. Solicitud de suspensión.Art. 41 RD 520/2005 RRVA. Garantías de la suspensión.Art. 42 RD 520/2005 RRVA. Efectos de la concesión o de la denegación de la suspensión.Art. 43 RD 520/2005 RRVA. Suspensión automática.Art. 44 RD 520/2005 RRVA. Suspensión con prestación de otras garantías.Art. 45 RD 520/2005 RRVA. Constitución de las garantías.Art. 46 RD 520/2005 RRVA. Suspensión por el Tribunal Económico-Administrativo.Art. 47 RD 520/2005 RRVA. Tramitación y resolución por el Tribunal Económico-Administrativo.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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