Comparativa mínimos personales y familiares entre comunidades.

Comparativa deducción por mínimos personales y familiares entre autonomías



    En uso de la competencia normativa que les atribuye el artículo 46.1 a) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, algunas comunidades autónomas han implementado incrementos del importe del mínimo personal y familiar aplicables para el cáculo de su gravamen autonómico, para ejercicios iniciados el 01/01/2024.

    Veamos un cuadro comparativo entre éstas en comparación con la estatal:
ConceptoEstatalAndalucíaBalearesGaliciaMadridC. ValencianaCanarias
Mínimo del contribuyente
≤ 65 años5.5505.7906.1055.7895.9566.1055.606
> 65 años6.7006.9907.3706.9887.1917.3706.768
> 75 años8.1008.4508.9108.4488.6938.9108.182
Mínimo por descendientes
Primero2.4002.5102.4002.5032.5762.6402.424
Segundo2.7002.8202.9702.8162.8982.9702.727
Tercero4.0004.1704.4004.1724.4004.4004.040
Cuarto y sucesivos4.5004.7004.9504.6944.9504.9504.545
Descendiente < 3 años+ 2.800+ 2.920+ 2.800+ 2.920+ 3.005+ 3.0802.828
Mínimo por ascendientes
> 65 años1.1501.2001.2651.1991.2341.2651.162
> 75 años1.4001.4601.5401.4601.5021.5401.414
Discapacidad del contribuyente o de descendientes y ascendentes
33% ≤ Grado < 65%3.0003.1303.3003.1293.2203.3003.030
Caso anterior con asistencia6.0006.2606.6006.2586.4406.6006.060
Grado ≥ 65%9.000
+
3.000
9.390
+
3.130
9.900
+
3.300
9.387
+
3.129
9.659
+
3.220
9.900
+
3.300
9.090
+
3.030    
   
- Resaltado en naranja son los importes más altos que se aplican en cada epígrafe, en comparación con resto de comunidades.
- La Rioja únicamente ha modificado las cuantías de mínimo por discapacidad, quedando así:
  1. Igual o mayor 33% y < 65%: 3.300 euros.
  2. Igual o mayor 33% y < 65% con ayuda: 3.300 + 3.000 euros.
  3. Igual o superior al 65%: 9.900 + 3.000 euros.


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