Deducción para contribuyentes mayores de 75 años. Deducciones Autonómicas del IRPF. Castilla la Mancha.

Para contribuyentes mayores de 75 años. Castilla la Mancha 2024



Los contribuyentes mayores de 75 años podrán deducirse de su cuota íntegra autonómica la cantidad de 150 euros.

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN


  1. No procederá la deducción cuando el contribuyente resida durante más de treinta días naturales en Centros residenciales de Mayores de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en plazas concertadas o subvencionadas por ésta en otros centros.

  2. La suma de la base imponible general y la del ahorro (casillas 0435 y 0460 del contribuyente) no debe superar la cantidad de 27.000 euros en tributación individual o a 36.000 euros en tributación conjunta.

  3. Para la aplicación de estas deducciones se tendrán en cuenta las normas para la aplicación de los mínimos por contribuyente y por ascendientes contenidas en la Ley del IRPF.

    No obstante, en el caso de la deducción por el cuidado de ascendiente mayor de 75 años, cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos ascendientes y alguno de ellos no cumpla el requisito anterior, el importe de la deducción para los demás contribuyentes quedará reducido a la proporción que resulte de la aplicación de las normas para el prorrateo del mínimo por ascendientes.


Las deducciones "Para contribuyentes mayores de 75 años" y Por el cuidado de ascendientes mayores de 75 años son incompatibles, respectivamente, con las deducciones Por discapacidad del contribuyente y Por discapacidad de ascendiente, respecto de la misma persona mayor de 75 años.

En los supuestos en los que la persona mayor de 75 años tenga un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65 por 100, se aplicarán las deducciones Por discapacidad del contribuyente o Por discapacidad de ascendiente que, en su calidad de contribuyente o de ascendiente del contribuyente, respectivamente, le corresponda.



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