Deducción por alquiler de vivienda habitual. Deducciones Autonómicas del IRPF. Canarias.

Por alquiler de vivienda habitual. Canarias 2024



Los contribuyentes podrán deducir el 24 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, con el límite máximo de 740 euros anuales o de 760 euros anuales si el contribuyente tiene una edad inferior a 40 años o igual o superior a 75 años.


Requisitos:


  1. Que no hayan obtenido en el período impositivo rentas superiores (base imponible general mas base imponible del ahorro) a la cantidad de 45.500 euros en tributación individual y de 60.500 euros en tributación conjunta.

  2. Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de la base imponible general obtenida por el contribuyente en el período impositivo descontado, si lo hubiere, el importe de las subvenciones que por este concepto hubiera percibido el arrendatario.

  3. La aplicación de la presente deducción queda condicionada a la declaración por parte del contribuyente del nombre y NIF del arrendador, de la identificación catastral de la vivienda habitual y del canon arrendaticio anual.

  4. La base de la deducción se minorará en el importe de las ayudas concedidas por las Administraciones Públicas en el periodo impositivo de que se trate, que cubran la totalidad o parte de los gastos que dan derecho a la deducción, siempre que tales ayudas tengan la consideración de renta exenta a los efectos del IRPF.


Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán hacer constar la referencia catastral de la vivienda y, si existe, el de la segunda vivienda arrendada, o, en su caso, si no tiene referencia catastral, se marcará una "X" en las casillas correspondientes. Una vez introducida toda la información necesaria para el cálculo de la deducción, será automáticamente trasladada al apartado "Información adicional a la deducción autonómica por arrendamiento de Andalucía, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y Comunitat Valenciana" del Anexo B.9 de la declaración.




Siguiente: Deducción para contribuyentes desempleados. Deducciones Autonómicas del IRPF. Canarias.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos