Por alquiler de vivienda habitual. Canarias 2024
Requisitos:
- Que no hayan obtenido en el período impositivo rentas superiores (base imponible general mas base imponible del ahorro) a la cantidad de 45.500 euros en tributación individual y de 60.500 euros en tributación conjunta.
- Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de la base imponible general obtenida por el contribuyente en el período impositivo descontado, si lo hubiere, el importe de las subvenciones que por este concepto hubiera percibido el arrendatario.
- La aplicación de la presente deducción queda condicionada a la declaración por parte del contribuyente del nombre y NIF del arrendador, de la identificación catastral de la vivienda habitual y del canon arrendaticio anual.
- La base de la deducción se minorará en el importe de las ayudas concedidas por las Administraciones Públicas en el periodo impositivo de que se trate, que cubran la totalidad o parte de los gastos que dan derecho a la deducción, siempre que tales ayudas tengan la consideración de renta exenta a los efectos del IRPF.
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