Por alquiler de la vivienda habitual. Cataluña 2024
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Que el contribuyente se halle en alguna de las situaciones siguientes:
- Tener 32 o menos años de edad a la fecha de devengo del impuesto.
- Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.
- Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar (suma de las casillas 0435 y 0460 menos el importe de la casilla 0520 de la declaración), no supere 20.000 euros anuales en declaración individual, ni los 30.000 euros en conjunta.
- Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de los rendimientos netos del contribuyente.
Otras condiciones para la aplicación de la deducción
Esta deducción sólo puede aplicarse una vez, con independencia de que en un mismo contribuyente puedan concurrir más de una circunstancia de las establecidas en la letra a) del apartado anterior. Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de una deducción superior a 600 euros. De acuerdo con ello, si por una misma vivienda tiene derecho a la deducción más de un contribuyente, cada uno de ellos podrá aplicar en su declaración el importe que se obtenga de dividir la cantidad resultante de la aplicación del 10 por 100 del gasto total o el límite máximo de 600 euros, si procede, por el número de declarantes con derecho a la deducción. La aplicación de esta deducción está condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente de los presupuestos de hecho y de los requisitos que determinan su aplicabilidad.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.