Deducción por discapacidad de ascendientes o descendientes. Deducciones Autonómicas del IRPF. Castilla la Mancha.

Por discapacidad de ascendientes o descendientes. Castilla la Mancha 2023



El contribuyente podrá aplicar una deducción de su cuota íntegra autonómica por un importe de 300 Euros por cada ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65 por 100.

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN



  1. La suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente (casillas 0435 y 0460 del contribuyente), NO supere los 27.000 Euros en tributación individual, o los 36.000 Euros en tributación conjunta.

  2. Para la aplicación de esta deducción se tendrán en cuenta las normas para la aplicación del mínimo por ascendientes, descendientes y discapacidad contenidas en la Ley del IRPF.

  3. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos ascendientes o descendientes y alguno de ellos NO cumpla el requisito anterior, el importe de la deducción para los demás contribuyentes quedará reducido a la proporción que resulte de la aplicación de las normas para el prorrateo del mínimo por ascendientes, descendientes y discapacidad.

  4. En caso de tributación conjunta, la deducción aplicable por descendientes con discapacidad será siempre ésta y no la deducción Por discapacidad del contribuyente

Esta reducción será INCOMPATIBLE con la deducción Por discapacidad del contribuyente. En consecuencia, los descendientes con discapacidad que integren la unidad familiar generarán derecho en tributación conjunta a la aplicación de ésta deducción. En los supuestos en los que el ascendiente sea una persona mayor de 75 años con un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65 por 100, se aplicará esta deducción y NO las establecida Por cuidado de ascendientes mayores de 75 años.



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