Deducción por inversión en vivienda habitual. Deducciones Autonómicas del IRPF. Canarias.

Por inversión en vivienda habitual. Canarias 2024



Los contribuyentes podrán deducir el porcentaje que en cada caso corresponda, de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual,en los mismos términos y con los mismos requisitos exigidos en la normativa estatal del impuesto, vigente a 1 de enero de 2012:

Importe de la Base Imponible General y del AhorroPorcentaje de deducción
Inferior a 25.500 euros5 por 100
Igual o superior a 25.500 euros e inferior a 45.500 euros3,50 por 100

    A efectos de la aplicación de la tabla anterior cada contribuyente tomará la suma del importe de la base imponible general y de la base imponible del ahorro que consten reflejadas en las casillas 0435 y 0460 de su declaración en régimen de tributación individual.

    Los porcentajes anteriores serán del 5,5 por 100 y del 4 por 100, respectivamente, si el contribuyente es menor de 40 años.

    La base máxima de la deducción será de 6.000 euros anuales por contribuyente.

    La base de la deducción se minorará en el importe de las ayudas concedidas por las Administraciones Públicas en el periodo impositivo de que se trate, que cubran la totalidad o parte de los gastos que dan derecho a la deducción, siempre que tales ayudas tengan la consideración de renta exenta a los efectos del IRPF.

Límite conjunto de la deducción


    La suma del importe de esta deducción junto con el de las deducciones autonómicas "Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural", "Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual" y "Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad" no podrá exceder el 15 por 100 de la cuota íntegra autonómica.

Erupción volcánica de La Palma: de acuerdo con la disposición adicional primera del Decreto ley 12/2021, NO se perderá el derecho a las deducciones practicadas en la cuota íntegra autonómica del IRPF por las cantidades satisfechas por este concepto, a pesar de que las viviendas habituales hayan sido destruidas por la erupción volcánica de La Palma, pudiendo continuar aplicando esta deducción por las cantidades que pudieran seguir abonando.

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